Reglamento de estudios y Código de Ética de la UnADM

A) Requisitos para solicitar reinscripción a las asignaturas o módulos del semestre escolar inmediato.
Los estudiantes podrán solicitar reinscripción a las asignaturas o módulos del semestre escolar inmediato siguiente una vez que cumplan con los requisitos que a continuación se señalan;

I.- No adeudar más de tres asignaturas o determinado número de módulos según corresponda cada programa educativo; 
II.- Seguir la seriación establecida en el plan de estudios que estén cursando;
III.- Que no rebase el plazo máximo establecido para concluir su plan de estudios previsto en el capítulo tercero del presente reglamento, y 
IV.- Que no se encuentren los supuestos previstos en el artículo 61, fracciones III, IV o V.
(Artículo 9)

B) Casos en que se podrá cursar la carga académica máxima:
I.- Que haya cursado o acreditado de forma regular, el total de las asignaturas o módulos de los semestres anteriores, y 
II.- Que las asignaturas o módulos estén disponibles para su registro en la plataforma electrónica.
(Artículo 24)

C) Obligación de entrega de evidencias de aprendizaje inéditas:
 Las evidencias de aprendizaje deberán ser inéditas y de la autoría de los estudiantes a través de los instrumentos de evaluación clasificados en evidencias de conocimiento, desempeño y producto.
(Artículo 29)

D) Oportunidades para cursar una asignatura:
El estudiante tendrá dos oportunidades para cursar cada asignatura o módulo, la primera se considerará ordinaria y la segunda, recursamiento.
(Artículo 32)

E) Condiciones por las que se puede causar baja por inactividad en cualquiera de las asignaturas o módulos en las que te hayas inscrito:
El estudiante causará baja en cualquiera de las asignaturas o módulos en los que se haya inscrito.

Cuando no exista evidencia de actividades académicas tales como entrega de tareas, participación en forros, archivos enviados, participación en actividades colaborativas, entre otras, realizadas en la plataforma electrónica durante un periodo de 21 días naturales consecutivos, contados a partir del inicio del bloque, por lo que en su historial académico se registrará con NP (no presento) la o las asignaturas o módulos en los que haya causado baja. Está disposición aplicará una sola vez por asignatura o módulo del mapa curricular.
(Artículo 40)

F) Plazo en qué debe cubrirse la totalidad del plan de estudios:
Los estudiantes deberán cumplir la totalidad del plan de estudios en un plazo que no excederá del 100% adicional del tiempo previsto, contado a partir de su inscripción.
(Artículo 45)

G) Derechos, obligaciones y causas de responsabilidad de los estudiantes:
  • Derechos de los estudiantes (Artículo 57).
  • Obligaciones de los estudiantes (Artículo 58).
  • Causas de responsabilidad de los estudiantes (Artículo 59)
Causa de responsabilidad en la que se debe poner especial atención:
Del capítulo Décimo Segundo de las responsabilidades de los estudiantes y de las medidas administrativas, un causal de responsabilidad que yo considero muy importante en el cual debe ponerse mucho énfasis es en el artículo, fracción VI, el cual habla sobre realizar o intentar realizar intromisiones a la plataforma electrónica en perjuicio de la universidad y de su comunidad, ya que,. es un delito grave y no solo generaría nuestra baja del sistema sino hasta podría llegar a un proceso penal.

H) Sobre la propiedad intelectual de otras personas:
Apartado que hace referencia a la propiedad intelectual de otras personas. Apartado número 2, fracción III, del código de ética.

Título del apartado. Honestidad.

Acciones para respetar la propiedad intelectual de otras personas. Otorgar reconocimiento a las obras creadas por otros, evitando realizar acciones contrarias a los principios éticos que deben prevalecer entre los estudiantes de la universidad.
(Código de ética de la UnADM)






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